¿Cuál es la diferencia entre repactar, renegociar o refinanciar?

Conscientes de que día a día son más los casos de personas que no pueden cumplir con sus obligaciones financieras, el Estado ha incorporado en la ley una serie de mecanismos por medio de los cuales los deudores pueden ponerse al día con sus compromisos y las entidades financieras o bancarias pueden recuperar al menos parte de su dinero. Aunque estos mecanismos, conocidos por los nombres de repactar, renegociar y refinanciar, a primera vista pueden parecerte iguales, la realidad es que cada uno cuenta con diferentes casos de uso y características.

Conoce en esta nota de Asesoría Deudores todo lo que necesitas saber acerca de estos tres conceptos, desde en qué consiste cada uno de ellos, hasta qué ventajas y desventajas pueden ofrecerte. ¡No pares de leer!

¿Problemas para cumplir pagos? Usa las tres R

De acuerdo con las cifras presentadas en el Informe de Deuda Morosa número 39 realizado por la Universidad San Sebastián y Equifax, para los últimos cuatro meses del 2022, el número de morosos en Chile alcanzó los 4.126. 570. Una cifra bastante alarmante que da cuenta del difícil panorama que están enfrentando en este momento diversidad de personas en todo el país. No obstante, es para estos hombres y mujeres que necesitan encontrar otras formas de pagar sus obligaciones que la ley ofrece los mecanismos de: repactar, renegociar y refinanciar. Sigue leyendo y conoce a continuación en qué consisten cada uno de ellos:

  1. Renegociar

Según lo establecido en la Ley 20720, artículo 260, la renegociación es un proceso gratuito al que cualquier chileno puede acceder con el objetivo de que la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), actúe como mediador entre el deudor y la entidad que le hizo el préstamo, de modo que ambos lleguen a un nuevo acuerdo que incluya condiciones de pago más favorables para ambas partes. Ahora bien, para hacer uso de este mecanismo, la ley establece que el deudor básicamente debe:

  • Ser una persona natural. (Este mecanismo no puede ser empleado por empresas).
  • Contar con dos o más obligaciones vencidas por más de 90 días corridos.
  • No puede haber sido notificado con “una demanda que solicite el inicio de un Procedimiento Concursal de Liquidación o de cualquier otro juicio ejecutivo iniciado en su contra que no sea de origen laboral”.
  • Dichas deudas deben provenir de “obligaciones diversas, cuyo monto total debe ser superior a 80 unidades de fomento”. Ten presente que las unidades de fomento o UF, es un tipo de moneda teórica que solo existe en Chile, cuyo valor se ajusta de acuerdo con la inflación; en este momento, dicha moneda equivale a 35.585 pesos chilenos.
  1. Refinanciar

En este mecanismo, también conocido por el nombre de “compra de cartera”, la persona busca cubrir todas sus deudas actuales, adquiriendo un préstamo por un monto superior a sus pasivos. El objetivo de este proceso es reunir todas las obligaciones en una sola con condiciones más favorables para el bolsillo del deudor en esos aspectos relacionados con las tasas de interés, los plazos de pago y demás. Ahora, en cuanto a los requisitos, la realidad es que, contrario al caso de la renegociación, para la compra de cartera, cada banco determina qué condiciones deben cumplir sus clientes, por lo cual, es cuestión de encontrar la entidad bancaria que brinde mejores condiciones.

  1. Repactar

En tercer lugar, está el proceso de “repactar”, un mecanismo en el que solo se ven involucrados el acreedor y el deudor. Similar al procedimiento que se desarrolla en una renegociación, en este proceso estas dos figuras construyen un nuevo acuerdo cuyas condiciones permitan que el moroso logre cumplir con las obligaciones anteriormente pactadas. No obstante, para muchos especialistas y abogados para deudas, este mecanismo puede llegar a ser sumamente perjudicial para el deudor, ya que aunque el plazo de pago es mayor, al igual que el monto prestado, las tasas de interés también se disparan, hecho que a largo plazo afecta de forma considerable el bolsillo del moroso.

Este camino usualmente lo toman las personas que, por temor a recibir una demanda por parte del banco, prefieren acceder a estas pésimas condiciones en lugar de solicitar asesoramiento con empresas especializadas como nosotros. Para que este no sea tu caso, ¡mejor contáctanos! En Asesoría Deudores, disponemos de un equipo de abogados especialistas en deudas bancarias que con sus conocimientos y amplia experiencia, te pueden brindar el apoyo que necesitas para gestionar y salir adelante sin mayores problemas de este tipo de situaciones. ¡No te quedes solo con la información o los acuerdos que te ofrece tu banco o acreedor y mejor comunícate con nosotros! 

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